CÓDIGO DE ÉTICA - MULTIVISIÓN

 

CÓDIGO DE ÉTICA DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA LTDA.

A)   CONSIDERACIONES GENERALES:

La Constitución de la República del Ecuador, establece que los ecuatorianos tienen derecho a: una comunicación libre, intercultural, incluyente, diversa y participativa, en todos los ámbitos de la interacción social, por cualquier medio y forma, en su propia lengua y con sus propios símbolos; al acceso universal a las tecnologías de información y comunicación; la creación de medios de comunicación social; al acceso en igualdad de condiciones al uso de las frecuencias del espectro radioeléctrico para la gestión de estaciones de radio y televisión públicas, privadas y comunitarias, y a bandas libres para la explotación de redes inalámbricas; al acceso y uso de todas las formas de comunicación visual, auditiva, sensorial y a otras que permitan la inclusión de personas con discapacidad y a integrar los espacios de participación previstos en la Constitución en el campo de la comunicación. Promueve además a que los ciudadanos busquen, reciban, intercambien, produzcan y difundan información veraz, verificada, oportuna, contextualizada, plural, sin censura previa acerca de los hechos, acontecimientos y procesos de interés general, y con responsabilidad ulterior. Pretende que se acceda libremente a la información generada en entidades públicas, o en las privadas que manejen fondos del Estado o realicen funciones públicas. No existirá reserva de información excepto en los casos expresamente establecidos en la ley. En caso de violación a los derechos humanos, ninguna entidad pública negará la información.

 

La Ley Orgánica de Comunicación manda que: los medios de comunicación públicos y privados y comunitarios, deberán expedir por sí mismos códigos éticos orientados a mejorar sus prácticas de gestión interna y su trabajo comunicacional.

Los medios de comunicación nacional públicos y privados, reconocidos a nivel Nacional, tienen entre sus cometidos la emisión de normas que regulen el ejercicio de su actividad.

 

DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA LTDA como un sistema de audio y video por suscripción que cuenta con la autorización para la operación de un CANAL LOCAL PARA PROGRAMACION PROPIA para la generación de contenidos, en cumplimiento con lo establecido en la Ley Orgánica de Comunicación del Ecuador, Publicada en el Registro Oficial Suplemento 383 de 28 de agosto de 2023, considerando que la información es un derecho constitucional y la comunicación social que se realiza a través de los medios de comunicación es un servicio público que debe ser presado bajo principios de equidad, transparencia, solidaridad, responsabilidad, igualdad, calidad, respetando los derechos de la comunicación establecidos en la Constitución, los instrumentos internacionales, la Ley Orgánica de Comunicación, contribuyendo al buen vivir de las personas:

 

Promulga el siguiente Código de ética, el mismo que servirá para mejorar la práctica y gestión interna y el trabajo comunicacional de manera responsable de quienes ejercen la comunicación social dentro de DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA LTDA, con el objeto de generar comportamientos que propicien la confianza de los usuarios y radio escuchas del país, al tenor de los siguientes artículos:

 

 

B)   NORMAS DE ÉTICA

Artículo 1.-El presente Código de ética es de aplicación obligatoria para todo el personal que labora DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA LTDA., bajo cualquier modalidad de vinculación. A través del cual se busca implantar un permanente proceso participativo para la generación de una cultura de confianza y apego a la verdad.

 

Artículo 2.-El accionar de DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA LTDA. estará enmarcado en los derechos y obligaciones establecidos en la Constitución de la República, en la Ley Orgánica de Comunicación, su Reglamento General de Aplicación y demás disposiciones emitidas por el Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y la Comunicación, marco legal que se prevé conocido por todo el personal que labora en DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA LTDA. CIA. LTDA., por lo que su desconocimiento no exime de responsabilidad alguna.

 

Artículo 3.-Loscomunicadores sociales de DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA LTDA., defenderán siempre el principio de libertad para investigar y difundir con honestidad la información y la libertad del comentario y la crítica. Sin perjuicio de proteger el derecho de los ciudadanos a estar informados, respetarán el derecho de las personas a su propia intimidad e imagen.

Artículo 4.-Los valores institucionales se constituyen en guías que permiten actuar a los directivos y al personal de acuerdo a un código de conducta que le dará los lineamientos básicos de comportamiento con aplicaciones específicas en las actividades diarias y cotidianas. Son valores institucionales:

Imparcialidad. - En SDIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA. LTDA., no hay cabida para prejuicios de ningún tipo, por lo tanto, no se privilegiará a ningún individuo o grupo con base en preferencias personales, ni por afinidad ideológica o intereses económicos, políticos, personales o familiares. Las decisiones que se tomen estarán basadas en criterios profesionales y de servicio, así como en la intención de mantener una programación balanceada. En nuestras emisiones informativas se otorgará el mismo rango e igual a las diversas voces con el fin de mostrar la realidad de una manera armónica, equilibrada y abierta.

Libertad. - DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA LTDA. CIA. LTDA. reconoce la libertad como un valor fundamental para la realización de sus labores, y por ello respetamos la capacidad de autodeterminación y toma de decisión de quienes colaboran en esta televisión. En ningún caso se ejercerá coerción o censura y no se sancionará a ningún integrante de esta organización con motivo de sus creencias políticas o religiosas, por sus opiniones, nacionalidad u orientación sexual. La libertad encontrará pleno cumplimiento al aplicarse en el pensamiento, la expresión y la difusión de la información. Se garantiza el derecho del público a tener acceso, por medio de nuestras emisiones, a contenidos plurales, veraces, imparciales y con un alto nivel de calidad formal y técnica. La libertad dará certidumbre a esta obligación.

Honestidad. - Entendemos la honestidad como la congruencia entre el pensamiento, la palabra y la acción. Honestidad y transparencia en el manejo de los recursos financieros y la infraestructura, en nuestro comportamiento al interior y al exterior de esta estación, en el tratamiento y difusión de los contenidos, por lo que DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA LTDA., promoverá procesos democráticos, el derecho a la información, el acceso a la cultura y a la participación ciudadana. La honestidad nos impulsará hacia una búsqueda permanente de equidad, justicia, rectitud y honradez en nuestras relaciones laborales e institucionales. Además, la honestidad será la base para la toma de decisiones con respecto a los contenidos audiovisuales que emitamos, los cuales deben apegarse a la verdad cuando se trate de información. La actitud honesta y su práctica cotidiana permitirán lograr la credibilidad y confianza que esperamos obtener de parte de nuestro público.

Respeto. - DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA LTDA.  entiende al respeto como atención, consideración y tolerancia hacia la manera de ser, actuar y pensar de los demás, aunque ésta sea distinta a la de cada uno de nosotros o a la de la institución. Por lo que se debe respetar a todas las comunidades y grupos que conforman nuestra sociedad y sus manifestaciones, ponderar sus necesidades, opiniones y preferencias, debiendo generar mecanismos para atenderlas. De la misma forma, al interior de este canal de televisión se respétala dignidad de todas las personas y los diversos oficios que ejercen. Dicho respeto se manifiesta en un trato cordial y deferente hacia todo integrante de la institución, así como en la valoración de su trabajo.

Veracidad. -La veracidad es el fundamento de la libertad de información. Es deber de DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA LTDA. CIA. LTDA, ofrecer al público información cierta, auténtica y comprobable, de modo que los contenidos que se presenten deberán ser el resultado de una investigación seria y acuciosa de los acontecimientos. La elección rigurosa de fuentes informativas, contrastarlas de manera seria y profesional y darlas a conocer a la audiencia serán criterios permanentes en esta televisión; la información deberá ser clara, bien fundamentada y expresada con una óptima aplicación del lenguaje Contrastar opiniones y documentos otorga mayor confiabilidad a los temas que se abordan, por lo que se propiciará esta práctica. La verdad en términos absolutos es imposible de aprender, por lo cual buscamos la verdad desde la perspectiva de la información, entendida como la cercanía entre lo sucedido y lo transmitido. Descartamos en forma tajante el engaño y la manipulación de la realidad.

 

Artículo 5.-DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA LTDA. es un medio de comunicación privado de conformidad con lo señalado en la Ley Orgánica de Comunicación y su Reglamento General de Aplicación, brinda el servicio público de comunicación a través de la radiodifusión, velando el estricto cumplimiento de lo establecido en dicha ley por lo que son de cumplimiento obligatorio los siguientes principios:

5.1. Referidos a la dignidad humana

a.    Respetar la honra y la reputación de las personas;

b.    Abstenerse de realizar y difundir contenidos y comentarios discriminatorios

c.    Respetar la intimidad personal y familiar

d.    Respetar los derechos humanos y promover su plena aplicabilidad

 

5.2. Relacionados con los grupos de atención prioritaria

a.    No incitar a que los niños, niñas y adolescentes imiten comportamientos perjudiciales o peligrosos para la salud;

b.    Abstenerse de usar y difundir imágenes o menciones identificativas que atentan contra la dignidad o los derechos de las personas con graves patologías o de discapacidades;

c.    Evitar la representación positiva o valorativa de escenas donde se haga burla de discapacidades físicas o psíquicas de las personas;

d.    Abstenerse de emitir imágenes o menciones identificativas de niños, niñas y adolescentes como autores, testigos o víctimas de actos ilícitos; salvo el caso que, en aplicación del interés superior del niño, sea dispuestos por autoridad competente;

e.    Proteger el derecho a la imagen y privacidad de adolescentes en conflicto con la Ley Penal, en concordancia con las disposiciones del Código de la Niñez y Adolescencia; y

f.     Abstenerse de emitir contenidos que atenten contra la dignidad de los adultos mayores, o proyecten una visión negativa del envejecimiento.

 

5.3. Concernientes al ejercicio profesional:

a.     Respetar los presupuestos constitucionales de verificación, oportunidad, contextualización y contrastación en la difusión de información de relevancia pública o interés general;

b.     Abstenerse de omitir y tergiversar intencionalmente elementos de la información u opiniones difundidas;

c.     Abstenerse de obtener información o imágenes con métodos ilícitos

d.     Evitar un tratamiento morboso a la información sobre crímenes, accidentes, catástrofes u otros elementos similares;

e.     Defender y ejercer el derecho a la cláusula de conciencia;

f.      Impedir la censura en cualquiera de sus formas, independientemente de quien pretenda realizarla;

g.     No aceptar presiones externas en el cumplimento de la labor periodística

h.     Ejercer y respetar los derechos a la reserva de fuente y el secreto profesional;

i.      Abstenerse de usar la condición de periodista o comunicador social para obtener beneficios personales.

j.      No utilizar en provecho propio información privilegiada, obtenida en forma confidencial en el ejercicio de su función informativa; y,

k.     Respetar los derechos del autor y las normas de citas.

 

5.4. Relacionas con las prácticas de los medios de comunicación social

a.    Respetar la libertad de expresión, de comentario y crítica;

b.    Rectificar, a la brevedad posible las informaciones que se hayan demostrado como falsas o erróneas;

c.    Respetar el derecho a la presunción de inocencia;

d.    abstenerse de difundir publirreportajes como si fuese material informativo;

e.    Cuidar que los titulares sean coherentes y consistentes con el contenido de las noticias;

f.     Distinguir de forma inequívoca entre noticias y opiniones;

g.    Distinguir claramente entre el material informativo, el material editorial y el material comercial o publicitario;

h.    Evitar difundir, de forma positiva o valorativa, las conductas irresponsables con el medio ambiente;

i.      Asumir la responsabilidad de la información y opiniones que se difundan; y,

j.      Abstenerse de realizar prácticas de linchamiento mediático, entendiendo por tales, la difusión de información concertada y reiterativa, de manera directa o por terceros, a través de los medios de comunicación destinada a desprestigiar a una persona natural o jurídica o reducir su credibilidad pública.

 

Artículo 6.-Los trabajadores de DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA LTDA. Están obligados a guardarse respeto y consideración, a ser solidarios en la solución de los problemas inherentes a sus actividades, promoviendo el bien de todos. Ejercerán sus funciones con lealtad institucional, rectitud y buena fe. Sus actos deberán ajustarse a los objetivos propios de la estación en la que se desempeñen y administrarán los recursos a ellos confiados con apego a los principios de legalidad, eficacia, economía y eficiencia, rindiendo cuentas de su gestión. Adicionalmente custodiarán y cuidarán la documentación e información que, por razones de sus cargos, tengan bajo su responsabilidad, en utilizaren beneficio propio las informaciones privilegiadas de las que haya tenido conocimiento como consecuencia del ejercicio profesional.

Artículo 7.-Los comunicadores sociales gozan de los Derechos consagrados en la Constitución de la República y los que define la Ley Orgánica de Comunicación y su Reglamento General de Aplicación, especialmente el derecho a la cláusula de conciencia, derecho a la reserva de Lafuente, el derecho a mantener el secreto profesional, y el libre ejercicio de la comunicación, así como todos y cada uno de los derechos laborales.

Artículo 8.- DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA LTDA. promoverá de forma prioritaria el ejercicio de los derechos a la comunicación de los niños, niñas y adolescentes y grupos de atención prioritaria, atendiendo el principio de interés superior establecido en la Constitución y en el Código de la Niñez y Adolescencia. Los mensajes a ser difundidos por DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA LTDA. privilegiarán la protección integral de las niñas, niños y adolescentes, y grupos de atención prioritaria, especialmente contra la revictimización en caso de violencia sexual, física, psicológica, intrafamiliar, accidentes y otros.

Artículo 9.-Las niñas, niños y adolescentes, tienen derecho a la expresión de sus ideas, pensamientos, sentimientos y acciones desde sus propias formas y espacios en su lengua natal, sin discriminación ni estigmatización alguna.

Artículo 10.- Los comunicadores de DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA LTDA. extremará su celo profesional en el respeto a los derechos de los grupos de atención prioritaria. Por ello, debe mantener una especial sensibilidad en los casos de informaciones u opiniones de contenido eventualmente discriminatorio o susceptible de incitar a la violencia o a prácticas inhumanas o degradantes. Por lo que deben:

a) Abstenerse de aludir de modo despectivo o con prejuicios a la raza, color, religión, origen social, o sexo de una persona o a cualquier enfermedad o minusvalía física o mental que padezca.

b) Abstenerse de publicar tales datos, salvo que guarden relación directa con la información publicada.

c) Evitar expresiones o testimonios vejatorios o lesivos para la condición personal de los individuos y su integridad física y moral.

Artículo 11.- DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA LTDA. se compromete a difundir e informar su código deontológico en la página web: www.stereomacarafm.com para conocimiento de la ciudadanía en general, y a su vez enviara un ejemplar al Consejo de Desarrollo y Promoción de la Información y Comunicación según mandato legal.

C)   GUIA EDITORIAL

Artículo 13.- En cumplimiento a lo establecido en el Reglamento General a la Ley Orgánica de Comunicación, que indica que el Manual de Estilo o Guía Editorial forma parte del Código de Ética. DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA LTDA.

Catacocha, Febrero de 2024