CÓDIGO DE ÉTICA - MULTIVISIÓN
CÓDIGO DE ÉTICA DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA LTDA.
A) CONSIDERACIONES
GENERALES:
La
Constitución de la República del Ecuador, establece que los ecuatorianos tienen
derecho a: una comunicación libre, intercultural, incluyente, diversa y
participativa, en todos los ámbitos de la interacción social, por cualquier
medio y forma, en su propia lengua y con sus propios símbolos; al acceso
universal a las tecnologías de información y comunicación; la creación de
medios de comunicación social; al acceso en igualdad de condiciones al uso de
las frecuencias del espectro radioeléctrico para la gestión de estaciones de
radio y televisión públicas, privadas y comunitarias, y a bandas libres para la
explotación de redes inalámbricas; al acceso y uso de todas las formas de
comunicación visual, auditiva, sensorial y a otras que permitan la inclusión de
personas con discapacidad y a integrar los espacios de participación previstos
en la Constitución en el campo de la comunicación. Promueve además a que los
ciudadanos busquen, reciban, intercambien, produzcan y difundan información
veraz, verificada, oportuna, contextualizada, plural, sin censura previa acerca
de los hechos, acontecimientos y procesos de interés general, y con
responsabilidad ulterior. Pretende que se acceda libremente a la información
generada en entidades públicas, o en las privadas que manejen fondos del Estado
o realicen funciones públicas. No existirá reserva de información excepto en
los casos expresamente establecidos en la ley. En caso de violación a los
derechos humanos, ninguna entidad pública negará la información.
La
Ley Orgánica de Comunicación manda que: los medios de comunicación públicos y
privados y comunitarios, deberán expedir por sí mismos códigos éticos
orientados a mejorar sus prácticas de gestión interna y su trabajo
comunicacional.
Los
medios de comunicación nacional públicos y privados, reconocidos a nivel
Nacional, tienen entre sus cometidos la emisión de normas que regulen el
ejercicio de su actividad.
DIGITAL-CABLE-ECUADOR
CIA LTDA como un sistema de audio y video por suscripción que cuenta con la
autorización para la operación de un CANAL LOCAL PARA PROGRAMACION PROPIA para
la generación de contenidos, en cumplimiento con lo establecido en la Ley
Orgánica de Comunicación del Ecuador, Publicada en el Registro Oficial
Suplemento 383 de 28 de agosto de 2023, considerando que la información es un
derecho constitucional y la comunicación social que se realiza a través de los
medios de comunicación es un servicio público que debe ser presado bajo
principios de equidad, transparencia, solidaridad, responsabilidad, igualdad,
calidad, respetando los derechos de la comunicación establecidos en la
Constitución, los instrumentos internacionales, la Ley Orgánica de
Comunicación, contribuyendo al buen vivir de las personas:
Promulga
el siguiente Código de ética, el mismo que servirá para mejorar la práctica y
gestión interna y el trabajo comunicacional de manera responsable de quienes
ejercen la comunicación social dentro de DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA LTDA, con el
objeto de generar comportamientos que propicien la confianza de los usuarios y
radio escuchas del país, al tenor de los siguientes artículos:
B) NORMAS
DE ÉTICA
Artículo
1.-El presente Código de ética es de aplicación obligatoria
para todo el personal que labora DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA LTDA., bajo
cualquier modalidad de vinculación. A través del cual se busca implantar un
permanente proceso participativo para la generación de una cultura de confianza
y apego a la verdad.
Artículo
2.-El accionar de DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA LTDA. estará
enmarcado en los derechos y obligaciones establecidos en la Constitución de la
República, en la Ley Orgánica de Comunicación, su Reglamento General de
Aplicación y demás disposiciones emitidas por el Consejo de Regulación y
Desarrollo de la Información y la Comunicación, marco legal que se prevé
conocido por todo el personal que labora en DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA LTDA.
CIA. LTDA., por lo que su desconocimiento no exime de responsabilidad alguna.
Artículo
3.-Loscomunicadores sociales de DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA
LTDA., defenderán siempre el principio de libertad para investigar y difundir
con honestidad la información y la libertad del comentario y la crítica. Sin
perjuicio de proteger el derecho de los ciudadanos a estar informados,
respetarán el derecho de las personas a su propia intimidad e imagen.
Artículo
4.-Los valores institucionales se constituyen en guías que
permiten actuar a los directivos y al personal de acuerdo a un código de
conducta que le dará los lineamientos básicos de comportamiento con
aplicaciones específicas en las actividades diarias y cotidianas. Son valores
institucionales:
Imparcialidad.
- En SDIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA. LTDA., no hay cabida para
prejuicios de ningún tipo, por lo tanto, no se privilegiará a ningún individuo o
grupo con base en preferencias personales, ni por afinidad ideológica o
intereses económicos, políticos, personales o familiares. Las decisiones que se
tomen estarán basadas en criterios profesionales y de servicio, así como en la
intención de mantener una programación balanceada. En nuestras emisiones
informativas se otorgará el mismo rango e igual a las diversas voces con el fin
de mostrar la realidad de una manera armónica, equilibrada y abierta.
Libertad.
- DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA LTDA. CIA. LTDA. reconoce la
libertad como un valor fundamental para la realización de sus labores, y por
ello respetamos la capacidad de autodeterminación y toma de decisión de quienes
colaboran en esta televisión. En ningún caso se ejercerá coerción o censura y
no se sancionará a ningún integrante de esta organización con motivo de sus
creencias políticas o religiosas, por sus opiniones, nacionalidad u orientación
sexual. La libertad encontrará pleno cumplimiento al aplicarse en el
pensamiento, la expresión y la difusión de la información. Se garantiza el
derecho del público a tener acceso, por medio de nuestras emisiones, a
contenidos plurales, veraces, imparciales y con un alto nivel de calidad formal
y técnica. La libertad dará certidumbre a esta obligación.
Honestidad.
- Entendemos la honestidad como la congruencia entre el
pensamiento, la palabra y la acción. Honestidad y transparencia en el manejo de
los recursos financieros y la infraestructura, en nuestro comportamiento al
interior y al exterior de esta estación, en el tratamiento y difusión de los
contenidos, por lo que DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA LTDA., promoverá procesos democráticos,
el derecho a la información, el acceso a la cultura y a la participación ciudadana.
La honestidad nos impulsará hacia una búsqueda permanente de equidad, justicia,
rectitud y honradez en nuestras relaciones laborales e institucionales. Además,
la honestidad será la base para la toma de decisiones con respecto a los
contenidos audiovisuales que emitamos, los cuales deben apegarse a la verdad
cuando se trate de información. La actitud honesta y su práctica cotidiana
permitirán lograr la credibilidad y confianza que esperamos obtener de parte de
nuestro público.
Respeto.
- DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA LTDA. entiende al respeto
como atención, consideración y tolerancia hacia la manera de ser, actuar y
pensar de los demás, aunque ésta sea distinta a la de cada uno de nosotros o a
la de la institución. Por lo que se debe respetar a todas las comunidades y
grupos que conforman nuestra sociedad y sus manifestaciones, ponderar sus
necesidades, opiniones y preferencias, debiendo generar mecanismos para
atenderlas. De la misma forma, al interior de este canal de televisión se respétala
dignidad de todas las personas y los diversos oficios que ejercen. Dicho
respeto se manifiesta en un trato cordial y deferente hacia todo integrante de
la institución, así como en la valoración de su trabajo.
Veracidad.
-La veracidad es el fundamento de la libertad de
información. Es deber de DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA LTDA. CIA. LTDA, ofrecer al
público información cierta, auténtica y comprobable, de modo que los contenidos
que se presenten deberán ser el resultado de una investigación seria y acuciosa
de los acontecimientos. La elección rigurosa de fuentes informativas,
contrastarlas de manera seria y profesional y darlas a conocer a la audiencia
serán criterios permanentes en esta televisión; la información deberá ser clara,
bien fundamentada y expresada con una óptima aplicación del lenguaje Contrastar
opiniones y documentos otorga mayor confiabilidad a los temas que se abordan,
por lo que se propiciará esta práctica. La verdad en términos absolutos es
imposible de aprender, por lo cual buscamos la verdad desde la perspectiva de
la información, entendida como la cercanía entre lo sucedido y lo transmitido.
Descartamos en forma tajante el engaño y la manipulación de la realidad.
Artículo
5.-DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA LTDA. es un medio de
comunicación privado de conformidad con lo señalado en la Ley Orgánica de
Comunicación y su Reglamento General de Aplicación, brinda el servicio público
de comunicación a través de la radiodifusión, velando el estricto cumplimiento
de lo establecido en dicha ley por lo que son de cumplimiento obligatorio los
siguientes principios:
5.1.
Referidos a la dignidad humana
a. Respetar la honra
y la reputación de las personas;
b. Abstenerse de
realizar y difundir contenidos y comentarios discriminatorios
c. Respetar la
intimidad personal y familiar
d. Respetar los
derechos humanos y promover su plena aplicabilidad
5.2.
Relacionados con los grupos de atención prioritaria
a. No incitar a que
los niños, niñas y adolescentes imiten comportamientos perjudiciales o
peligrosos para la salud;
b. Abstenerse de
usar y difundir imágenes o menciones identificativas que atentan contra la
dignidad o los derechos de las personas con graves patologías o de
discapacidades;
c. Evitar la representación
positiva o valorativa de escenas donde se haga burla de discapacidades físicas
o psíquicas de las personas;
d. Abstenerse de
emitir imágenes o menciones identificativas de niños, niñas y adolescentes como
autores, testigos o víctimas de actos ilícitos; salvo el caso que, en
aplicación del interés superior del niño, sea dispuestos por autoridad
competente;
e. Proteger el
derecho a la imagen y privacidad de adolescentes en conflicto con la Ley Penal,
en concordancia con las disposiciones del Código de la Niñez y Adolescencia; y
f. Abstenerse
de emitir contenidos que atenten contra la dignidad de los adultos mayores, o
proyecten una visión negativa del envejecimiento.
5.3.
Concernientes al ejercicio profesional:
a. Respetar
los presupuestos constitucionales de verificación, oportunidad,
contextualización y contrastación en la difusión de información de relevancia
pública o interés general;
b. Abstenerse
de omitir y tergiversar intencionalmente elementos de la información u opiniones
difundidas;
c. Abstenerse
de obtener información o imágenes con métodos ilícitos
d. Evitar
un tratamiento morboso a la información sobre crímenes, accidentes, catástrofes
u otros elementos similares;
e. Defender
y ejercer el derecho a la cláusula de conciencia;
f. Impedir
la censura en cualquiera de sus formas, independientemente de quien pretenda
realizarla;
g. No
aceptar presiones externas en el cumplimento de la labor periodística
h. Ejercer
y respetar los derechos a la reserva de fuente y el secreto profesional;
i. Abstenerse
de usar la condición de periodista o comunicador social para obtener beneficios
personales.
j. No
utilizar en provecho propio información privilegiada, obtenida en forma
confidencial en el ejercicio de su función informativa; y,
k. Respetar
los derechos del autor y las normas de citas.
5.4.
Relacionas con las prácticas de los medios de comunicación social
a. Respetar la
libertad de expresión, de comentario y crítica;
b. Rectificar, a la
brevedad posible las informaciones que se hayan demostrado como falsas o
erróneas;
c. Respetar el
derecho a la presunción de inocencia;
d. abstenerse de
difundir publirreportajes como si fuese material informativo;
e. Cuidar que los
titulares sean coherentes y consistentes con el contenido de las noticias;
f. Distinguir
de forma inequívoca entre noticias y opiniones;
g. Distinguir
claramente entre el material informativo, el material editorial y el material
comercial o publicitario;
h. Evitar difundir,
de forma positiva o valorativa, las conductas irresponsables con el medio
ambiente;
i. Asumir
la responsabilidad de la información y opiniones que se difundan; y,
j. Abstenerse
de realizar prácticas de linchamiento mediático, entendiendo por tales, la
difusión de información concertada y reiterativa, de manera directa o por
terceros, a través de los medios de comunicación destinada a desprestigiar a
una persona natural o jurídica o reducir su credibilidad pública.
Artículo
6.-Los trabajadores de DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA LTDA. Están
obligados a guardarse respeto y consideración, a ser solidarios en la solución
de los problemas inherentes a sus actividades, promoviendo el bien de todos.
Ejercerán sus funciones con lealtad institucional, rectitud y buena fe. Sus
actos deberán ajustarse a los objetivos propios de la estación en la que se
desempeñen y administrarán los recursos a ellos confiados con apego a los
principios de legalidad, eficacia, economía y eficiencia, rindiendo cuentas de
su gestión. Adicionalmente custodiarán y cuidarán la documentación e
información que, por razones de sus cargos, tengan bajo su responsabilidad, en
utilizaren beneficio propio las informaciones privilegiadas de las que haya
tenido conocimiento como consecuencia del ejercicio profesional.
Artículo
7.-Los comunicadores sociales gozan de los Derechos
consagrados en la Constitución de la República y los que define la Ley Orgánica
de Comunicación y su Reglamento General de Aplicación, especialmente el derecho
a la cláusula de conciencia, derecho a la reserva de Lafuente, el derecho a
mantener el secreto profesional, y el libre ejercicio de la comunicación, así
como todos y cada uno de los derechos laborales.
Artículo
8.- DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA LTDA. promoverá de forma
prioritaria el ejercicio de los derechos a la comunicación de los niños, niñas
y adolescentes y grupos de atención prioritaria, atendiendo el principio de
interés superior establecido en la Constitución y en el Código de la Niñez y
Adolescencia. Los mensajes a ser difundidos por DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA LTDA.
privilegiarán la protección integral de las niñas, niños y adolescentes, y
grupos de atención prioritaria, especialmente contra la revictimización en caso
de violencia sexual, física, psicológica, intrafamiliar, accidentes y otros.
Artículo
9.-Las niñas, niños y adolescentes, tienen derecho a la
expresión de sus ideas, pensamientos, sentimientos y acciones desde sus propias
formas y espacios en su lengua natal, sin discriminación ni estigmatización
alguna.
Artículo
10.- Los comunicadores de DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA LTDA. extremará
su celo profesional en el respeto a los derechos de los grupos de atención
prioritaria. Por ello, debe mantener una especial sensibilidad en los casos de
informaciones u opiniones de contenido eventualmente discriminatorio o
susceptible de incitar a la violencia o a prácticas inhumanas o degradantes.
Por lo que deben:
a) Abstenerse
de aludir de modo despectivo o con prejuicios a la raza, color, religión,
origen social, o sexo de una persona o a cualquier enfermedad o minusvalía física
o mental que padezca.
b)
Abstenerse de publicar tales datos, salvo que guarden relación directa con la
información publicada.
c)
Evitar expresiones o testimonios vejatorios o lesivos para la condición
personal de los individuos y su integridad física y moral.
Artículo
11.- DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA LTDA. se compromete a difundir
e informar su código deontológico en la página web: www.stereomacarafm.com para
conocimiento de la ciudadanía en general, y a su vez enviara un ejemplar al
Consejo de Desarrollo y Promoción de la Información y Comunicación según mandato
legal.
C) GUIA EDITORIAL
Artículo
13.- En cumplimiento a lo establecido en el Reglamento General a la Ley
Orgánica de Comunicación, que indica que el Manual de Estilo o Guía Editorial
forma parte del Código de Ética. DIGITAL-CABLE-ECUADOR CIA LTDA.
Catacocha,
Febrero de 2024